lunes, febrero 10

Los Fondos de Inversión ya Financian Pleitos en España

Fondos de inversión interesados en el mercado español

Como ya ocurre en otros países del mundo desarrollado, en España los fondos de inversión han comenzado a financiar los costes de los pleitos. En concreto, una serie de fondos británicos y germanos ultiman su entrada en pleitos en España. Uno de ellos ya está financiando la reclamación de anulación de un swap de 250.000 euros por parte de una pyme a un gran banco.

El aumento de los litigios y los altos costes judiciales

El número de litigios en España sigue creciendo y el coste de pleitear es cada día más elevado, y más aún si cabe en lo que a disputas internacionales se refiere.

¿Qué es el litigation funding o third party funding?

Es la figura de litigation funding o third party funding. Se trata de la financiación por un tercero (normalmente, un fondo especializado) de un litigio o, lo que es lo mismo, la inversión por el tercero en una reclamación.

Criterios y análisis previos a la financiación

La financiadora, antes de comprometerse, lleva a cabo una due diligence para cerciorarse de que hay probabilidades razonables de éxito dentro de un horizonte temporal prudente y predecible, que la demandada posee la suficiente solvencia financiera y moral para pagar una eventual indemnización y que el financiado cuenta con un sólido equipo de abogados y expertos. Asimismo, se valoran los costes en que se pueda incurrir así como la sofisticación y rapidez de las jurisdicciones.

Ventajas para la parte procesal financiada

Si la parte procesal en cuestión (habitualmente, la demandante) pierde, sus gastos correrán a cargo de la financiadora sin que exista ninguna otra obligación para el cliente. Como precio o contraprestación por esta cobertura, si la parte financiada gana, tendrá que compartir con el fondo un porcentaje pactado de sus ganancias (sharing the upside), por ejemplo, del 25% al 50%, o un múltiplo de la financiación otorgada, según el acuerdo.

Origen y expansión internacional de la figura

Esta figura nació en Estados Unidos y está extendiéndose en Australia. En EEUU, el coste de pleitear o arbitrar es particularmente caro, debido entre otros factores a la existencia de daños punitivos, acciones colectivas y jurados populares en procesos civiles. En Reino Unido, los contratos en los que se acordaba este tipo de asistencia financiera estuvieron prohibidos.

Entrada de los fondos de inversión en litigios españoles

Los fondos de inversión, como hemos dicho, ya están financiando pleitos y arbitrajes en España, un área de negocio muy activa en el mundo anglosajón que todavía no había cuajado en nuestro país. Así lo cuentan algunos despachos a los que ha consultado este diario, que estarían ultimando operaciones con fondos británicos y alemanes, y lo traslada Ignacio Delgado, of counsel de Estudio Jurídico López-Ibor Mayor, y miembro de la start up Justfunders, que facilita el acceso a la financiación de litigios. Delgado ya está asesorando a una pyme en un pleito que financia un fondo.

Casos destacados de financiación en España

«Nos hemos puesto en contacto con de fondos de financiación de pleitos europeos, figura de la que no hay precedente alguno en España, para convencerles de que desarrollen su actividad en España. Lo hemos conseguido», cuenta Delgado.

Ejemplo práctico de un caso pionero

Si bien este procedimiento está, en principio, pensado para grandes pleitos, demandas colectivas y arbitrajes de inversión, es decir, los que afectan a un Estado y resultan más caros, el caso en que asesora Delgado es una reclamación de anulación un swap que ya estaba cancelado por parte de una pyme a un gran banco por valor de 250.000 euros más intereses. Un fondo extranjero financia este pleito pionero. Si gana la pyme, el financiador se quedará con un 30%, es decir, con 75.000 euros; si pierde, el fondo perderá 65.000 euros.

Funcionamiento de la financiación de litigios

El funcionamiento del proceso es el siguiente: el fondo recibe un potencial pleito en el que haya una reclamación de cantidad, que puede ser desde productos bancarios tóxicos, competencia desleal hasta Responsabilidad Civil médica, etc. El fondo estudia el pleito y si le interesa por viabilidad, cuantía y otros factores, asume la totalidad de los gastos del procedimiento (abogado, procurador, tasa y perito en su caso) así como las costas de contraparte en caso de desestimación de la pretensión, a cambio de que, en caso de que la demanda prospere, quedarse con un 30% (según el caso puede variar) de lo recuperado por el demandante.

Requisitos previos al análisis de viabilidad

En algunos casos, los abogados exigen que se verifique que la posibilidad de éxito del caso es del 60%. En esta due diligence suelen intervenir ocho abogados, y se establece que la decisión debe ser unánime.

Financiación de arbitrajes y otros nichos

Javier Fernández-Samaniego, socio de Bird & Bird, refrenda que algunos fondos están estudiando financiar arbitrajes de inversión en España, un nicho de financiación dados los grandes costes de estos procesos. La financiación de pleitos también puede ser muy útil para instar reclamaciones por cárteles de Competencia.

Aspectos éticos y controvertidos

Es imprescindible un escrupuloso respeto al código ético que regule las relaciones del financiador con las partes litigantes y que se respete el Código Deontológico y las obligaciones de los abogados.

Posibles críticas y riesgos

Ha habido críticas a esta figura y a los potenciales riesgos de poder incrementar artificialmente la litigiosidad pero cabe recordar que los financiadores llevan a cabo un examen muy exhaustivo de los casos que financian.

Conclusión y perspectiva de futuro

Hay controversias como las reclamaciones de daños en competencia donde litigar es muy caro por lo complejo y costoso de las periciales y escritos forenses donde es previsible que se acuda a esta fuente de financiación.

Firmado: Rafael Luque de Santa-Olalla.

Redactor de Actualidad en Derecho & Perspectiva.

Fuentes:

-Expansión

-El Economista

-GB Consultores

-Be Broker-Legal Today

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